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Tecnoley le asesora en la constitución de su propia empresa, gestionando en su nombre todos los trámites necesarios para comenzar su actividad.

En primer lugar, aconsejándole en la elección de la forma societaria más adecuada a las características de la empresa que desea constituir, en función de, entre otros aspectos, las aportaciones que vaya a realizar o el número de socios que formen la empresa.

Si desea que TECNOLEY ABOGADOS, S.L. constituya su empresa o que nuestro equipo de profesionales le asesoren en esta materia, contacte con nosotros a través de info@tecnoley.es o llamando a nuestros teléfonos de contacto

91 593 95 82 - 91 553 16 50

Igualmente puede solicitar un presupuesto cumplimentando nuestro formulario de pedido.

 
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¿Qué tipo de empresas existen?

Básicamente los tipos de empresas que pueden ser constituidas son las siguientes:

p       Empresario individual (persona física)

p       Agrupaciones sin personalidad jurídica: comunidad de bienes y sociedades civiles

p       Sociedades mercantiles y sociedades mercantiles especiales

¿Qué pasos debo dar para constituir mi empresa?

Una vez decidida la forma que más se adecua a las necesidades de su negocio, TECNOLEY le informa, asesora y tramita las gestiones oportunas en orden a dar inicio a las actividades de la empresa.

p       Consulta de la disponibilidad de su razón social en el Registro Mercantil Central

p       Obtención de Certificación Negativa del Nombre (certificado que expide el Registro Mercantil Central)

§     que acredita que la denominación de la sociedad no figura ya inscrita a nombre de otra empresa.

p       Gestiones a realizar ante la Administración Tributaria

§     solicitud del CIF provisional, para posteriormente conseguir el definitivo.

§   Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

p       Depósito del capital social en la entidad bancaria y obtención del certificado que acredita que se ha desembolsado ese importe, por quién y en qué cuantía.

p       Redacción de Estatutos, acuerdos sociales y objeto social, etc.

p       Otorgamiento de la escritura de constitución y de los Estatutos ante Notario.

p       Inscripción de las Escritura en el Registro Mercantil provincial. En caso de no cumplirse con este requisito, la sociedad sería irregular.

p       Gestiones a realizar ante la Seguridad Social

§          solicitud de un Código de Cuenta de Cotización y alta a los trabajadores.

§          si el trabajador va a ser uno de los representantes de la sociedad, entonces es preciso tramitar el alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

p       Gestiones a realizar ante el INEM: en un plazo de 10 días hábiles para inscribir los contratos de los trabajadores

§      Otros trámites específicos: como la obtención de la correspondiente licencia de actividades e instalaciones  expedida por el Ayuntamiento, la autorización administrativa obligatoria para determinadas actividades como la apertura de bares o establecimientos hoteleros, ópticas; la inscripción en Registros Especiales (editoriales,  entidades gestoras de fondos, empresas de seguridad, salones recreativos, etc...); la obtención de ciertos documentos o acreditaciones: manipuladores de alimentos, actividades de construcción, instaladores de gas; siempre en función de la normativa reguladora de cada actividad.

Además, Tecnoley considera su tipo de empresa y la forma de negocio y le asesora para reducir los costes fiscales así como aquellos dedicados a satisfacer las cuotas de la Seguridad Social.

 
 
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